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PROCESO DE SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE CONSTRUCCIÓN DE CASAS EN QUINCHA MEJORADA

La Ong ASPEm (Asociación Solidaridad Países Emergentes) en colaboración con la fundación APY-Solidaridad en Acción, y con el financiamiento de la Junta de Andalucía (España) esta llevando a cabo un proyecto en Tambo de Mora, el cual prevé, aparte del asesoramiento legal y psicopedagógico de la población, la organización de cursos de capacitación para construcciones de quincha y la construcción de 80 viviendas en quincha mejorada. Por este proceso se están identificando 80 familias, las más vulnerables socialmente, que pertenecen a la asociación “UPIS Nuevo Calle Nueva” y que hayan vivido en las calles Benavides, Alfonso Ugarte y Sol y Mar. El 30 mayo último, se finalizó la aplicación de unas fichas socioeconómicas a las familias asociadas.
Todas las familias registradas fueron evaluadas objetivamente según criterios sociales, determinándose una relación de 174 familias que pasaron a un primer grupo de pre-selección. En estos días se está procediendo a la aplicación de una segunda ficha socioeconómica para identificar, entre las 174 familias pre-seleccionadas, las 80 familias beneficiarias finales de la vivienda en quincha mejorada. La identificación de estas 80 familias, beneficiarias finales, será tarea de un comité de selección conformado por representantes de la comunidad, de las instituciones, de la UPIS, trabajadores de ASPEm que no viven en Tambo de Mora y observadores de las Naciones Unidas. La vivienda, en quincha mejorada, será construida en el lote de 108 metros cuadrados que Forsur ha separado para los habitantes damnificados de Tambo de Mora.
Para concertar con los pre-seleccionados el diseño de la vivienda se ha llevado a cabo un taller participativo, el día 10 de junio, donde han participado los representantes de las familias pre-seleccionadas. Con ellos se ha discutido el diseño del modelo de vivienda en quincha mejorada.

Es importante señalar unos aspectos:
Las familias que pertenecerán a la relación final de los 80 beneficiarios del proyecto y que tendrán su vivienda en quincha mejorada pueden, igualmente, acceder a los bonos del Ministerio de Vivienda para la construcción de la vivienda de Forsur. Es decir que la vivienda en quincha mejorada es un adicional totalmente gratuito para las familias más vulnerables socialmente que no requiere el empleo de los bonos para su construcción.
La construcción en quincha mejorada es totalmente gratuita, financiada por una entidad extranjera (la junta de Andalucía-España-) y el poblador solo debe participar con su mano de obra, es decir es una experiencia de autoconstrucción (será entregado un certificado de participación para la autoconstrucción).
El proyecto brinda la vivienda en quincha mejorada a los 80 beneficiarios finales los cuales deben tener derecho a la re-ubicación. No se responsabiliza por eventuales beneficiarios que en un primer momento salen como re-ubicados y en un segundo momento pierden este derecho, por ser algo que depende del patrón de reubicados con el cual trabajan la “Upis Nuevo Calle Nueva”, la Municipalidad de Tambo de Mora y Cofopri.

ATENCIÓN LEGAL GRATUITA EN LOCAL COMUNAL DE VILMA LEÓN
En el marco de nuestra acción social y comunitaria, se viene brindando atención legal gratuita a todas las personas que la necesiten y concurran al local comunal de Vilma León los días lunes, miércoles y viernes de 10 de la mañana a 1 de la tarde, y los días martes y jueves de 5 de la tarde a 8 de la noches.
Se estarán atendiendo consultas con relación al acceso de beneficios del gobierno para damnificados por el terremoto, formalización de propiedad y ejercicio de derechos en general.

REUBICACIÓN Y ADJUDICACCIÓN PARA DAMNIFICADOS
Como algunos pobladores ya saben, el Ministerio de Vivienda ha publicado en el diario oficial El Peruano, un Decreto Supremo, signado como 013-2008-VIVIENDA, donde se establecen los requisitos para la reubicación y adjudicación de damnificados que actualmente se encuentran en Albergues:
a) Constancia de Damnificado Beneficiario
b) Adicionalmente, deberán encontrarse en alguno de estos supuestos:
b.1. Haber ocupado un predio ubicado en zona intangible o riesgosa (Propietarios principalmente).
b.2. Haber ocupado un predio en zona donde no será posible su formalización. (Poseedores precarios).
b.3. Haber ocupado un predio de propiedad de terceros sin posibilidad de retorno, lo que se acreditará con la respectiva declaración jurada. (Inquilinos).

PERMUTA DE BIEN INMUEBLE
El Decreto Supremo en mención, también prevé el caso en que el damnificado cuente con título de propiedad, para ser beneficiado, DEBERÁ PERMUTARLO CON EL ESTADO, para lo cual COFOPRI y el PROPIETARIO suscribirán un ACTA DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD.
La permuta consiste en la transferencia recíproca de la propiedad de bienes, es decir, el intercambio de títulos de propiedad.

CONSULTAS
Acérquese a local institucional en UPIS Vilma León Mz. Ll, Lote 18.